La conducción de la política cambiaria es atribución del Banco Central de Bolivia (BCB) según lo establece el artículo 19 de la Ley 1670.
El BCB no modificará el régimen cambiario actual, consistente en ligeras apreciaciones o depreciacio
nes del boliviano respecto al dólar estadounidense en función a los objetivos de competitividad de las exportaciones bolivianas, estabilidad del sistema financiero y, principalmente, mantener una inflación baja y estable.
LA POLÍTICA DEL BCB SOBRE EL TIPO DE CAMBIO
Enviado por webadmin el Junio 19, 2006 - 00:00
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